miércoles, 20 de octubre de 2010

LEY MILITAR PARA LLENAR VACÍOS

20/octubre/2010

*Seguridad Nacional y Fuero Militar, a debate
*Rescatar a Fuerzas Armadas como institución

“El poder conseguido por medios culpables nunca se ejerció en buenos propósitos”:
Tácito (55-115).

A destiempo y en desorden. Cojas. Cuando debieron formar parte de un solo paquete de iniciativas de ley. Digamos, en un contexto de redefinición de la estrategia en contra del crimen organizado. Se trata de las propuestas de Ley de Seguridad Nacional y para regular el Fuero Militar, de incumbencia de las Fuerzas Armadas del país. La primera, cuestionada pero ya pasó del Senado a la Cámara. La segunda fue enviada apenas por el presidente Felipe Calderón a los senadores, y aborda el otrora intocable fuero con la reforma al artículo 57 del Código de Justicia Militar, entre otras leyes. E incluye juzgar en tribunales civiles a miembros de las fuerzas armadas que cometan delitos de desaparición forzada de personas, violación y tortura. No está mal.
Una añeja demanda, asunto pendiente para los organismos de la sociedad civil, vigilantes y protectores de los derechos humanos. Al menos desde los años 70 y 80, donde la autoridad ha sido reacia a enfrentar secuelas de la guerra sucia, la persecución y la tortura en contra de luchadores sociales. El movimiento estudiantil del 68 incluido. Se dice que la iniciativa, “sin vulnerar el principio de la disciplina militar”, es en atención al cumplimiento de los tratados internacionales suscritos por México, y a la recomendación de la Corte Internacional de Derechos Humanos por el caso del líder comunitario de Guerrero Rosendo Padilla, que fue desaparecido en 1974.
Los considerados delitos por desaparición forzosa, tortura y violación, pasarían a ser considerados “competencia del fuero federal”, según el 57 del Código: “Cuando de las diligencias practicadas en la investigación de un delito se desprenda la probable comisión de alguno de los contemplados…, inmediatamente el Ministerio Público Militar deberá, a través del acuerdo respectivo, desglosar la averiguación previa correspondiente, precisando las constancias o las actuaciones realizadas y remitida al MP de la federación. Las actuaciones que forman parte del desglose no perderán su validez, aún cuando en su realización se haya aplicado este código y con posterioridad el Código Federal de Procedimientos Penales”.
Eso en el 57, pero en el 129 se propone que los militares sujetos a proceso, permanezcan en prisiones militares y no se consideren como tales los buques, cuarteles u oficinas militares para salvaguardar su integridad física, evitando que pudieran ser persuadidos para participar en los intereses de la delincuencia organizada. Los sentenciados a prisión, compurgarán su pena en prisiones militares o cárceles del orden común o federal que determina la autoridad militar competente. Al delito cometido sigue la condena.
De ser aprobada en el Senado la iniciativa —que tendrá un costo de 72 millones 730 mil 084 pesos—, como lo fue la propuesta de Ley de Seguridad enviada y ahora está en manos de los diputados, se incorporan otros preceptos como: a) el MP y la Policía Ministerial Militar (PMM) se obligan a realizar el registro inmediato de los detenidos, b) incorporar el fax y el correo electrónico para “incentivar” la presentación de quejas contra integrantes de las fuerzas armadas, c) la PMM otorgará protección a víctimas, ofendidos, jueces, magistrados, agentes del MPM y de la policía, d) el procedimiento penal militar se armonizará con la Ley Federal de Acceso a la Información Pública Gubernamental, e) aumento de la prescripción del delito de desaparición forzada hasta 35 años para evitar la impunidad, la no aplicación a beneficio del responsable o la amnistía, indulto u otra preliberación o sustituto de pena.
De ese tamaño. No está mal en cuanto al contenido. A partir de ayer está para su análisis, discusión y posible aprobación. A debate, pues, como también la Ley de Seguridad Nacional, con sus bemoles. Es decir, las observaciones de los propios militares, generales en activo, a la iniciativa aprobada por el Senado.
Los militares le están poniendo borrador a la propuesta senatorial, como lo hicieron saber ayer a los diputados. Tan solo en las definiciones. La minuta establece “seguridad nacional, seguridad interior y defensa exterior”, “sin los correspondientes artículos que regulen, expliquen y hagan operables dichos conceptos”. Igual en aquellos actores considerandos como “amenazas a la seguridad”; las “normas impropias” o reglas del juego entre fuerzas armadas y otras instancias —porque los militares no quieren ni deben estar sujetos a otras instancias menores que no sea el Jefe Supremo, y tienen razón—; la “estrategia operativa” donde requiere actividades de inteligencia; creación de un cuerpo de elite o entre 18 y 20 “batallones de elementos adiestrados en combate urbano para mitigar los riesgos de que haya bajas civiles”, como en Monterrey, entre otros asuntos torales.
Pero, de lo más lamentable resulta la injerencia militar en calificar como “amenaza” a la seguridad interior “a los movimientos sociales” en “ciertos casos”. Como “cuando las acciones derivadas de los mismos constituya una amenaza”. Porque, argumenta Sedena, “puede darse el supuesto de que estas manifestaciones deriven en movimientos armados que atenten contra la estabilidad y/o existencia misma del Estado”. Contención para la protesta social que no debe pasar de la discusión a la ley. No obstante, una propuesta del PRI de que intervenga la Comisión Bicamaral de Seguridad Nacional, para que considere la participación armada si la seguridad interior peligra, “como en el caso del crimen organizado”.
En fin. Por ese lado se llena el hueco referente a las Fuerzas Armadas en un combate no regulado, y por tanto anticonstitucional, contra el crimen. Pero hay otro elemento para la suspicacia, suelto. ¿Dónde queda la responsabilidad del Ejecutivo por el envío ilegal de las Fuerzas Armadas a la calle para combatir al crimen organizado? Los diputados deben analizar el peso específico de tamaño encargo. ¿O no?
Los tiempos del juicio llegarán y, como bien dicen los militares, el Presidente se va y las Fuerzas Armadas se quedan a seguir cumpliendo sus tareas. ¿En qué quedarán los 30 mil ejecutados hasta ahora, como saldo de esta guerra? La norma está bien. No las salidas endebles. Son pocas las instituciones rescatables y una de ellas son, por supuesto, las Fuerzas Armadas.

Correo: maniobrasdelpoder@gmail.com

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